martes, abril 23, 2024
InicioMexicaliINTRODUCEN A NIVEL CONSTITUCIONAL LA LIBERTAD DE CONVICCIONES ÉTICAS, CONCIENCIA Y DE...

INTRODUCEN A NIVEL CONSTITUCIONAL LA LIBERTAD DE CONVICCIONES ÉTICAS, CONCIENCIA Y DE RELIGIÓN

El Pleno de la Vigésima Primera Legislatura de Baja California aprobó por unanimidad una iniciativa de reforma al artículo 7 de la Constitución local, con el propósito de introducir en su Apartado A denominado “De la promoción, respeto, protección y garantía de los Derechos Humanos”, los derechos a la libertad de convicciones éticas, conciencia y de religión, mismos que deberán ser protegidos por el Estado.

El inicialista es el diputado Rodolfo Olimpo Hernández Bojórquez, en nombre y representación de los integrantes de los grupos parlamentarios del Partido Encuentro Social (PES), del Partido Revolucionario Institucional (PRI), del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y del Partido del Trabajo (PT).

En su exposición de motivos, el legislador del PES argumentó que las referidas prerrogativas que se introducen mediante su iniciativa en la Carta Magna local, ya se encuentran consagradas a nivel internacional en los artículos 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948; 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y los artículos 12 y 13 del Pacto de San José de Costa Rica de 1969.

El presidente de la Comisión de Familia, Asuntos Religiosos y Protección Civil afirmó que esos derechos ya están, asimismo, establecidos en el artículo 24 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.

En ese sentido, indicó que el México de la actualidad se adecua a las necesidades de sus ciudadanos en el marco internacional, lo cual transciende ideologías políticas e intereses particulares y permite generar acuerdos en beneficio de la sociedad.

En ese sentido, mediante la reforma aprobada por el Poder Legislativo, el tercer párrafo del artículo 7 de la Constitución de Baja California queda de la siguiente manera:

“Toda persona tiene el derecho a la práctica del deporte, a la cultura física, a gozar de un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, asimismo, a la salud, el derecho a la igualdad y a la no discriminación; la libertad de convicciones éticas, conciencia y de religión; a recibir educación pública, obligatoria y gratuita que imparta el Estado, en los niveles preescolar, primaria, secundaria y media superior para desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentar en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los Derechos Humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. Las autoridades públicas del Estado, harán lo conducente a fin de que se asegure el disfrute de estos derechos”.

ARTICULOS RELACIONADOS

Mas leídos