jueves, marzo 28, 2024
InicioMexicaliARMONIZAN LEGISLACIÓN LOCAL CON CONSTITUCIÓN MEXICANA Y TRATADOS INTERNACIONALES, EN DERECHOS...

ARMONIZAN LEGISLACIÓN LOCAL CON CONSTITUCIÓN MEXICANA Y TRATADOS INTERNACIONALES, EN DERECHOS HUMANOS

El Pleno de la Cámara de Diputados de Baja California aprobó por unanimidad el dictamen número 74 de la Comisión de Justicia, el cual contenía una iniciativa de reforma que plantea que en materia de derechos humanos, la Constitución local establezca lo previsto por la Constitución mexicana y los tratados internacionales en ese rubro; es decir, aplicando el principio pro persona.
           

El inicialista, diputado Roberto Dávalos Flores, señaló que la armonización propuesta está acorde  “con la reforma al artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, en materia de derechos humanos, lo cual es un avance en el sistema judicial en nuestro país y particularmente en nuestro Estado, ya que obliga a los jueces y demás autoridades a aplicar el principio pro persona, interpretando y velando por que se respeten los derechos humanos”.
           

En ese sentido, el legislador del Partido de la Revolución Democrática explicó que su iniciativa agrega un segundo párrafo al artículo 19 del Código Civil estatal, con el fin de establecer que en materia de derechos humanos se interpretarán de acuerdo a lo previsto por la Constitución Política de México y los tratados internacionales donde se favorezca, sobre todo, la protección más amplia de las personas.
           

El presidente de la Comisión de Gobernación agregó que “si bien de acuerdo a la Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ya existe la obligación de los juzgadores de aplicar el principio pro persona, debemos recordar que nuestro sistema judicial se rige bajo un sistema jurídico escrito, diferente al de otros países europeos y Estados Unidos de Norteamérica, en donde la tradición jurídica es el Derecho Consuetudinario”.
         

Con esta reforma aprobada, el artículo 19 del Código Civil queda de la siguiente manera:
“Las controversias judiciales del orden civil deberán resolverse conforme a la letra de la Ley o a su interpretación jurídica. A falta de Ley se resolverán conforme a los principios generales del derecho.
Tratándose de Derechos Humanos, se interpretarán de acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Tratados Internacionales de la materia que corresponda, favoreciendo en todo momento la protección más amplia a las personas”.

ARTICULOS RELACIONADOS

Mas leídos