• Desde el pasado 11 de agosto, el reglamento municipal sanciona a quienes no proporcionen el lugar adecuado a perros y gatos domésticos
• Las multas pueden ir de las 20 a las 400 UMA
Ensenada, B. C.- Sábado 23 de diciembre de 2023.- Para que la comunidad se familiarice con las últimas modificaciones al Reglamento para la Protección y Trato Digno a los Animales del Municipio de Ensenada, el Gobierno Municipal informa que existen sanciones para quienes no den las mascotas el espacio adecuado para su movilidad y desarrollo.
El presidente de Ensenada, Armando Ayala Robles, recordó que desde el pasado 11 de agosto, se publicó la modificación al Artículo 18, fracción VI del citado reglamento que “el responsable de una mascota está obligado a proporcionarle las instalaciones propias y adecuadas…”.
Lo anterior, detalló el alcalde, significa que la población debe considerar espacio, luminosidad, ventilación, aseo e higiene para perros y gatos domésticos, así como garantizar el adecuado desarrollo y movilidad de los animales dentro de sus viviendas y evitar el hacinamiento.
“Hasta el momento no se han presentado sanciones por ese concepto, pero sí es importante saber que en caso de no cumplir con el reglamento, las personas pueden ser multadas hasta con 20 mil 748 pesos dependiendo el caso”, dijo.
Por su parte, Oscar Quiñónez Uribe, subdirector de Ecología y Medio Ambiente, destacó que el Reglamento para la Protección y Trato Digno a los Animales del Municipio de Ensenada especifica la superficie adecuada para las mascotas, la cual se estipula de acuerdo al tamaño de éstas.
“Se indica que para animales de talla pequeña (1-10 kilos), se debe tener un espacio de 1 a 3 metros cuadrados por animal; talla mediada (11-20 kg) de 3 a 4 metros cuadrados; de talla grande (21-40 kg) de 4 a 5 metros cuadrados y de talla gigante (mayor de 41 kg) de 5 a 6 metros cuadrados por cada uno”, puntualizó.
Quiñónez Uribe invitó a la comunidad a respetar las superficies antes mencionadas y así evitar cometer maltrato animal, pues en caso de incurrir en infracción de acuerdo al Artículo 130, por lo que podrían hacerse acreedores a una multa que va de las 40 a las 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir de 4 mil 149.6 a los 20 mil 748 pesos.