• Queda prohibido negar la prestación de servicios financieros a personas por motivos de enfermedad
• Diputada Monserrat Rodríguez, la inicialista
Mexicali, B.C., sábado 28 de octubre de 2023.- Las y los diputados aprobaron por mayoría la reforma a la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación, presentada por la legisladora Monserrat Rodríguez Lorenzo, a fin de prohibir que se nieguen la prestación de servicios financieros a personas por motivos de antecedentes de salud; difundir sin consentimiento los antecedentes de salud de una persona y estigmatizar y negar derechos a personas por antecedentes epidemiológicos.
La inicialista hizo referencia a que la Ley Federal en materia, observa la salud física y mental como motivos por los cuales no se puede impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.
Este principio de no discriminación rige no sólo a las autoridades sino también a particulares, de tal manera que estos últimos tienen el deber de abstenerse de cualquier actuación en contra de la Constitución, indicó.
En congruencia con lo expuesto la diputada propuso reformar los artículos 6 y 19, a fin de combatir la discriminación por motivos de antecedentes de salud.
Subrayó que la reforma también consiste en añadir al concepto de discriminación las condiciones de salud física o mental, a fin de precisar que toda distinción, exclusión o restricción en contra de las personas por alguna afección médica de cualquier índole, será considerada discriminación, y por tanto prohibida en términos de la ley.
Adicional a lo anterior dijo que se debe tomar en cuenta que con motivo de la pandemia derivada del SARS-COV2, se ha hecho patente diversas afectaciones a la población en general que ha originado actos discriminatorios a quien ha enfermado y a quienes han atendido tal padecimiento.
Las afectaciones que dejó la pandemia son visibles en distintos ámbitos, desde el punto psicológico hasta el social, el miedo y la ansiedad por el coronavirus son reales, sin embargo, esto no es una excusa para estigmatizar a grupos completos de personas y cometer actos discriminatorios en su contra.
“No puede existir discriminación alguna por razones étnicas o de nacionalidad, raza, sexo, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal, social o de salud física o mental, etc., que atente contra la dignidad, cuyo valor superior reconoce la Constitución Federal, junto con otros instrumentos internacionales en materia de derechos humanos”, dijo la promotora de la reforma.