miércoles, diciembre 4, 2024
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SUGIERE DIP. FRANCISCO BARRAZA CREAR LA FIGURA DEL IMPULSOR DE VALORES EN EL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL

Con la finalidad de promover y fomentar los valores en los educandos desde su primer contacto en las escuelas, así como el de crear la figura del impulsor de valores, el legislador José Francisco Barraza Chiquete propuso adicionar el artículo 14 bis a la Ley de Educación de Baja California.

Refirió que el impulsor de valores tendrá entre sus principales responsabilidades, promover los valores de los educandos, así como sostener reuniones caso por caso con los padres de familia para fortalecer la unión familiar, lo cual les permita salir avante en la solución de los problemas de origen conductual.

“Debo resaltar que la presente iniciativa de reforma fue uno de mis compromisos de campaña, que tuvo su origen en los diversos recorridos que he realizado en mi distrito electoral, donde la gente me decía como muchas de las nuevas generaciones no tienen conciencia de la importancia de los valores y debíamos hacer algo para recuperarlos”, dijo el representante popular del Partido de Baja California.

Aunado a lo anterior, agregó que diariamente la sociedad es informada por los medios de comunicación, de diversos hechos que atentan contra el orden social o que vulneran de forma directa los derechos humanos de una persona, lo cual va desde atrocidades cometidas en contra de menores de edad, asaltos en comercios, homicidios a plena luz del día, violaciones, violencia intra familiar o abandono de niños y adultos mayores.

El artículo 14 bis que plantea adicionar a la Ley de Educación del Estado, dice lo siguiente: “El Ejecutivo Estatal, a través de la Secretaría de Educación y Bienestar Social, establecerá un programa de fomento a los valores mediante cursos, talleres, materiales gratuitos, pláticas individuales o grupales y demás actividades que sean necesarias, dirigidas a los educandos, para el fortalecimiento de los valores, que se traduzcan en una sociedad humanista y de respeto a la dignidad de las personas”.

Por otro lado, se inscribe que cada escuela desde el nivel básico hasta la preparatoria o bachillerato, deberá contar con un área especializada que fomente los valores en el educando, donde estará a cargo un profesionista denominado impulsor de valores.

Se establece también que las actividades del programa de fomento a los valores, serán desarrolladas bajo un mecanismo de inclusión de todo el alumnado y personal de cada escuela, donde: el director tendrá a su cargo la vigilancia y desarrollo del Programa; el impulsor de valores será responsable de su aplicación y seguimiento caso por caso; los maestros auxiliarán en detectar a los educandos que requieran mayor atención del área especializada en fomento de valores; y los padres de familia tendrán la misión de colaborar.

En uno de los artículos transitorios esto se establece: “El Programa de fomento a los valores será aplicado inicialmente en las escuelas Primarias de todo el Estado, a partir del calendario escolar al año siguiente de la publicación del Programa referido en este artículo; posteriormente cada ciclo escolar deberá aplicarse en las escuelas Secundarias y Preparatorias o Bachilleres, sin que su aplicación en todos los niveles de todo el Estado pueda prolongarse ms allá del ciclo escolar 2018-2019”.

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