• Plantea incluir en las atribuciones de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable el prevenir, regular y controlar la contaminación
• El humo que se genera por los fuegos artificiales puede contener sustancias tóxicas sumamente dañinas para la salud respiratoria
Mexicali, B.C., lunes 18 de diciembre de 2023.- La diputada Araceli Geraldo Núñez, presentó iniciativa de reforma a los artículos 8 Fracción XXXIII, y 9 Fracción XX de la Ley de Protección al Ambiente para el Estado de Baja California, para incluir en las atribuciones de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable el prevenir, regular y controlar la contaminación a la atmósfera generada por artificios pirotécnicos.
En la exposición de motivos, la legisladora explicó que el uso de fuegos artificiales e instrumentos pirotécnicos generan efectos negativos en el medio ambiente, tanto en la salud como en el bienestar, incluso de las mascotas y animales silvestres. Derivado de que el humo que se genera por los fuegos artificiales puede contener sustancias tóxicas, como dióxido de azufre y metales pesados que tienen efectos sumamente dañinos para la salud respiratoria.
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Abundó que, en un artículo de la SEMARNAT, explican que la mezcla de los elementos antes descritos libera monóxido de carbono y generan partículas en suspensión que, al ser inhaladas y entrar a nuestros pulmones, pueden causar súbito malestar por envenenamiento e incluso la muerte, mientras que los metales impactan al sistema respiratorio de manera permanente e irreversible.
La Presidenta de la Mesa Directiva del Congreso de Baja California, refirió que, sumado a todo lo que detona la presente iniciativa, se observan también las consecuencias que en múltiples ocasiones han dejado el uso de los fuegos artificiales en las zonas de bosques y sierras, en donde son una de las causas que han generado grandes incendios, e incluso a causar daños a propiedades y viviendas.
La diputada Araceli Geraldo, subrayó que si bien es cierto que el control de las actividades industriales y comerciales que se realizan con explosivos y artificios son realizados por la Secretaría de la Defensa Nacional, la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, establece que los permisos que otorguen, no eximen a los interesados de cubrir los requisitos que señalen otras disposiciones legales como es el caso de las leyes locales.