miércoles, marzo 18, 2026
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APRUEBA CONGRESO DE BAJA CALIFORNIA LA CREACIÓN DEL MUNICIPIO DE SAN FELIPE

Con el voto unánime de los 25 diputados que integran la Vigésima Tercera Legislatura de Baja California, se aprobó el dictamen 94 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, que contiene la iniciativa presentada por el legislador Juan Manuel Molina García para la creación del Municipio de San Felipe, mismo que tendrá una superficie total de 10 mil 808 kilómetros cuadrados y una colindancia con los municipios de Ensenada y Mexicali.

En el uso de la voz, Molina García subrayó la importancia de este día, ya que se cumple hoy con el sueño y la exigencia de los habitantes del puerto de San Felipe de hace muchos años, en el sentido de autogobernarse y trabajar por un mejor desarrollo social y económico a beneficio de la población de esa zona bajacaliforniana, “lo cual con el tiempo será todo un éxito”, aseguró. Y culminó: “Este Congreso cumple a los sanfelipenses”.

En los transitorios inscritos en el dictamen, leídos por el propio inicialista, se establece que el Primer Ayuntamiento del Municipio de San Felipe será electo en las elecciones ordinarias correspondientes al año 2024, para entrar en funciones el primero de octubre de ese mismo año.

Además, que en tanto se elige a las y los ciudadanos que presidirán el Primer Ayuntamiento de San Felipe, el Gobierno del Municipio se depositará en un Concejo Municipal Fundacional, integrado por 7 concejales con sus respectivos suplentes, mismos que serán designados por el Congreso del Estado a propuesta del gobernador de entre 20 vecinos del nuevo Municipio.

El Concejo Municipal designado para administrar San Felipe, se instalará e iniciará su gestión gubernamental una vez rendida su protesta de ley, el día primero de enero del año 2022.

A partir de la instalación de dicho Concejo, el Ayuntamiento de Mexicali y de Ensenada procederán a darle posesión y transferirle las oficinas, los archivos, documentos y bienes municipales destinados al servicio de la comunidad del nuevo Municipio, acciones a realizar mediante los procedimientos legales y administrativos correspondientes.

Por otro lado, en sus transitorios se dispone que en un plazo que no exceda de 180 días a partir de la publicación del presente decreto en el Periódico Oficial del Estado, el Congreso deberá realizar las reformas a las leyes ordinarias necesarias para el funcionamiento del municipio de San Felipe, así como las adecuaciones necesarias al Estatuto Territorial de los Municipios de Baja California, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 3 de enero de 2020 y a la Ley del Régimen Municipal de Baja California.

En virtud de las modificaciones que sufrirá el territorio de Baja California con la creación del nuevo municipio, se mandata avisar inmediatamente del contenido del presente Decreto a las siguientes dependencias: Instituto Nacional Electoral, Instituto Estatal Electoral del Estado, Registro Agrario Nacional, Poder Judicial de Baja California y a los Órganos Autónomos del Estado, así como a la Secretaría de Gobernación del Gobierno de la República, a fin de que en el ámbito de sus respectivas competencias hagan las adecuaciones normativas correspondientes.

Se establece también que una vez tomada la protesta constitucional a los integrantes del Concejo Fundacional, se integrará una Comisión de Transición Interinstitucional conformada por los titulares de la Secretaría General del Gobierno y de la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado; la diputada o diputado que presida la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales del Poder Legislativo y la diputada o diputado que presida la Comisión de Hacienda y Presupuesto del Congreso.

Asimismo, por los titulares de la Tesorería del Ayuntamiento de Mexicali y de Ensenada; un representante del Cabildo de Mexicali y de Ensenada nombrado por sus respectivos cabildos, así como por los integrantes del Concejo Municipal Fundacional de San Felipe.

La Comisión de Transición Interinstitucional auxiliará al Concejo Municipal Fundacional para la preparación y elaboración de su Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2022, y el primero será enviado al Congreso del Estado con la anticipación que la Ley establece para su debida dictaminación y aprobación en su caso.

Por último, se inscribe que en tanto entren en funciones el Concejo Municipal Fundacional y a bien de que estén en aptitud de realizar sus funciones ante la Comisión de Transición Interinstitucional, los primeros recibirán una dieta acorde a su función, respetando el principio de austeridad, racionalidad, eficiencia y transparencia contemplado en el artículo 134 de la Constitución Política de México.

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